Suspensión laboral del 31 de octubre: Claves del decreto 438 y su impacto en el sector privado

En medio de una crisis energética, el abogado Fernando Geiner aclara las dudas sobre el Decreto 438, que suspende la jornada laboral el 31 de octubre. ¿Es obligatorio para el sector privado y cuáles son las implicaciones para empleadores y trabajadores?

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Camila Lazo

10/29/20242 min read

En una reciente entrevista, el abogado experto en Derecho Laboral, Fernando Heinert, abordó las inquietudes que ha generado el Decreto 438, que establece la suspensión de la jornada laboral para el 31 de octubre. Este decreto, motivado por la crisis energética que afecta al país, ha dejado a muchos empleadores confundidos sobre su aplicación en el sector privado.

¿Obligatoriedad del Decreto para el Sector Privado?

Heinert explicó que, a diferencia del sector público, donde la suspensión es de cumplimiento obligatorio, en el sector privado la situación es diferente. El decreto establece que el sector privado "podrá" acogerse a esta medida, lo que implica que no es una obligación. Esta ambigüedad ha generado preocupación entre los empleadores, que deben decidir si suspender o continuar sus actividades el día señalado.

Implicaciones para la remuneración

Una de las principales preocupaciones entre los empleadores es sí deberán pagar horas extras si deciden trabajar el 31 de octubre. Según Heinert, no se generará un recargo adicional por horas extraordinarias, ya que el decreto se refiere a una suspensión de jornada, no a un feriado. Sin embargo, el empleador debe garantizar la remuneración del día no trabajado, y tiene la opción de acordar con los empleados la recuperación de esas horas en días posteriores.

Flexibilidad horaria en el trabajo

Durante la conversación, también se discutió el nuevo decreto de "pico y placa" laboral, que permite trabajar 10 horas durante cuatro días a la semana. Geiner resaltó que, aunque el decreto está diseñado principalmente para horarios diurnos, existe la posibilidad de solicitar adaptaciones según las necesidades de cada sector, como el turismo o la agricultura. La legislación permite a las empresas presentar solicitudes al Ministerio de Trabajo para ajustes en los horarios laborales.

Posibles consecuencias de la crisis energética

El abogado destacó que, aunque no se han reportado despidos significativos relacionados con la crisis energética, la situación podría cambiar si la crisis se extiende. Las empresas podrían verse obligadas a recurrir a despidos intempestivos si no logran sostener sus operaciones.

Necesidad de medidas de alivio para empresas

Heinert subrayó la importancia de implementar medidas de alivio para las pequeñas y medianas empresas, que son las más afectadas. Propuso que el gobierno considere opciones como el diferimiento de pagos de obligaciones fiscales y del décimo tercer sueldo, para ayudar a los empleadores a cumplir con sus compromisos sin comprometer su estabilidad económica.